El razonamiento jurídico es una estructura de pensamiento que incluye elementos de la lógica formal y de la lógica dialéctica. Para que alcance verosimilitud, es indispensable que cumpla con determinadas condiciones que actúan de manera combinada para llegar a formular un argumento, tomando como base normas de Derecho. Con la aparición de la escritura, el razonamiento en general y por ende el razonamiento jurídico tomó otros matices. Las operaciones que antes eran prelógicas, se tornan lógicas y el pensamiento es reversible, pasando a un siguiente estadio de la psicogénesis de acuerdo con la teoría de Jean Piaget. El razonamiento es menos rígido y la interpretación en la aplicación de la ley es flexible.
La estructura lógica del Derecho permite que sus problemas puedan ser solucionados en gran medida a través de las matemáticas. Respecto al álgebra, René Descartes y Leibniz establecen métodos para dar todas las posibles soluciones a los conflictos jurídicos. René Descartes, implementó un método de resolución de problemas que se basa en la razón, cuya base es matemática y que tiene como resultado la verdad por medio de la deducción. A este método se le conoce como método cartesiano.
6.1 El razonamiento jurídico mediante la oralidad
6.1.1 Legis actiones
6.1.2 La racionalidad filosófica – jurídica- helénica
6.1.2.1 El razonamiento mítico
6.1.2.2 El razonamiento presocrático y platónico
6.1.2.3 El razonamiento aristotélico
6.2 El razonamiento jurídico a partir de la escritura
6.2.1 La escritura y la reversibilidad del pensamiento
6.2.2 La naturaleza psicomotriz de la lectura
6.2.3 La lógica lineal: tiempo y sustancia
6.2.4 Las fórmulas procesales escritas
6.2.5 La formulación abstracta de nociones jurídicas
6.3 El razonamiento jurídico a partir del álgebra
6.3.1 Descartes
6.3.2 Leibniz
6.3.3 Derecho, lógica y matemática
6.4 El razonamiento jurídico a partir de la física cuántica
6.4.1 Crisis de la ley de causalidad y retribución