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Conclusión.

El derecho colectivo del trabajo se encarga de regular las relaciones de carácter laboral mediante grupos denominados sindicatos, federaciones y confederaciones. La Revolución francesa y la industrialización trajeron consigo imposiciones de los patrones hacia los trabajadores, obligando a estos a organizarse para defenderse.

Las alianzas de los trabajadores son resultado de la apertura legal y constitucional que permitieron el derecho de asociación, con el posterior derecho a la coalición, dando lugar a los sindicatos.

Los sindicatos de patrones y de trabajadores son resultado del derecho a la asociación; la ley regula los requisitos que dichos sindicatos deben tener con la finalidad de que los mismos cuenten con la personalidad jurídica necesaria para la defensa de los intereses de sus agremiados. Además la Ley Federal del Trabajo permite que dichos sindicatos se unan, creando federaciones y confederaciones; todos derivados de la lucha obrera o empresarial.




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