Durante esta sesión hemos podido identificar que es función de la Constitución crear poderes y definir su campo de acción, los órganos constituidos carecen de injerencia en esa materia; el Congreso de la Unión, con vista en la fracción XI del artículo 73, sólo puede crear empleos en relación consigo mismo y los otros poderes; no le está permitido agregar divisiones, alterar las existentes ni crear un nuevo poder.
Durante el recorrido de aprendizaje realizado en esta sesión analizamos las facultades de las Cámaras federales y, así mismo, identificamos las funciones de las Cámaras en materia hacendaria y de comercio en los estados de la república.
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