Ahora bien, la etapa de investigación se divide en dos fases: inicial o desformalizada y complementaria o formalizada. Revisa el video “La etapa de investigación en el sistema acusatorio”, disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=8PbljOIdCs4, en donde se describen dichas fases y se señala qué actividades comprende cada una de ellas.
Revisa las páginas 54 a 59 del documento “Manual del profesor para la materia de Derecho procesal penal en el sistema acusatorio”, que describen con mayor detalle las características de la etapa de investigación. Te darás cuenta de que parte de las actividades del juez de control se centran en inspeccionar las actividades de investigación a las que la ley ha catalogado como de mayor impacto o sensibilidad en la esfera jurídica del investigado; en las páginas 60 y 61 del mismo texto puedes consultar un listado de las técnicas de investigación señaladas en el Código Nacional de Procedimientos Penales. https://www.ceead.org.mx/LiteratureRetrieve.aspx?ID=131726.
Todos los elementos recuperados en la fase de investigación deben integrarse en una carpeta de investigación, misma que servirá de sustento para aportar datos de prueba. Revisa algunas generalidades sobre esta herramienta en la presentación dinámica “La carpeta de investigación”, disponible en: https://prezi.com/w5arim43ovpn/la-carpeta-de-investigacion/.
Continúa tu revisión con la lectura del artículo “El proceso cautelar en el proceso penal acusatorio mexicano”, disponible en: http://www.redalyc.org/pdf/2932/293222968012.pdf. En la páginas 257 y 258 de este texto se describen los principios rectores del proceso cautelar. Posteriormente, en las páginas 265 a 275, se define qué son las medidas cautelares, su naturaleza jurídica y su clasificación en virtud de su función jurisdiccional eminentemente ejecutiva o con fines preventivos.
Los códigos mexicanos incluyen 15 medidas cautelares, mismas que puedes revisar en las páginas 143 a 163 del documento “Las medidas cautelares en el procedimiento penal acusatorio, disponible en: http://setecc.egobierno.gob.mx/files/2013/03/.
Para comprender la función que cumplen los jueces de control en la resolución de las providencias precautorias, las medidas cautelares y las técnicas de investigación, es preciso identificar la diferencias entre las dos últimas. Para ello, revisa las páginas 78 a 84 del libro “Los jueces de control en el sistema acusatorio en México”, disponible en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/10/4672/14.pdf.
Para finalizar, consulta un ejemplo de la aplicación de las medidas cautelares en el video “Medidas cautelares. Ejemplo práctico del sistema acusatorio en México”, disponible en: https://www.youtube.com/watch?v=TKZUNT8-ZNI.