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Tanto la doctrina francesa como la alemana, al hacer el estudio y comprensión del hecho jurídico en un sentido amplio, comprenden en él a todo evento o fenómeno de la naturaleza o conducta del ser humano lícita o ilícita que el legislador de cada época y lugar considera para atribuirle efectos jurídicos; por lo tanto, comprenden como especies de este fenómeno jurídico a los actos jurídicos y a los hechos jurídicos en un sentido estricto. Sin embargo, las dos doctrinas son divergentes en el análisis que hacen una y otra de la especie, es decir, del acto jurídico.

El acto jurídico es todo aquel acontecimiento que produce consecuencias de derecho, pero con la conciencia del hombre de que así será. Por tal motivo, la voluntad del hombre es un factor determinante en la naturaleza de los actos jurídicos, es decir, es muy importante la expresión de la libertad en las relaciones jurídicas, que ha caracterizado al derecho privado. El objeto es otro de los elementos importantes, ya que es sobre éste en el que recae la obligación. Además de estos elementos, para que el acto tenga efectos en el mundo de derecho, debe reunir ciertos requisitos que le otorgan validez.

Frecuentemente se ha utilizado la acepción persona para designar el papel o personaje que el hombre se encuentra llamado a representar jurídicamente, ya que de acuerdo con su etimología la palabra proviene del latín, significando máscara. Actualmente se le considera como un ente que se encuentra sujeto de derechos y obligaciones y puede ser de dos tipos: física o moral. Para poder funcionar, el derecho las ha dotado de ciertos atributos que las hacen únicas.

El hombre nace con determinados derechos que le son inherentes; es decir, que provienen de su propia naturaleza. No obstante, con la finalidad de que los mismos le sean respectados, nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos los establece, indicando sus alcances, así como los límites de la actuación de las autoridades en relación con los mismos. Estos derechos son principalmente los de libertad, acción, políticos y humanos. Estos derechos también se basan en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Abunda en los temas anteriores, revisando el material que se propone. No olvides realizar anotaciones de lo que consideres más importante. Te será útil para elaborar tus actividades de la semana y tu avance del proyecto.

El documento “Hechos y actos jurídicos”, explica qué es un supuesto jurídico. Según el autor, el supuesto jurídico es un acontecimiento, es decir, se trata de un hecho como tal. Se explica en el texto el significado de derecho subjetivo y objetivo. Revísalo en: http://cursos.aiu.edu/Teorias%20de%20las%20Obligaciones/PDF/Tema%202.pdf

En el texto “Estructura del acto jurídico” (pp. 55-68) podemos identificar, primero, una serie de definiciones que toman en cuenta diversas perspectivas doctrinales del derecho, del hecho jurídico y de sus distintas formas de manifestación, y segundo, identificar el tema de los actos jurídicos. En él se plantean los requisitos que debe tener un acto para convertirse en uno jurídico. Ingresa al enlace: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/8/3834/7.pdf

Retoma los minutos 0:33-12:31 del video “Elementos de existencia del acto jurídico” en: https://www.youtube.com/watch?v=upw9tyL_Djc, que establece los elementos de existencia del acto jurídico y los describe.

El vocablo persona se refiere a cualquier ser humano, sin embargo, en el derecho se adopta la palabra persona para referirse a los humanos con los derechos y las garantías que la ley les otorga o les niega. Así, la persona no se limita a una cuestión natural, sino que puede ser una cuestión de carácter moral o física. Descubre más acerca de este tema en la lectura “Derecho civil” (pp. 28-40) en: http://www.upg.mx/wp-content/uploads/2015/10/LIBRO-12-Derecho_civil_I.pdf

Lee el documento “La representación de las personas morales” (pp. 1-6) en: https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/7/3203/5.pdfEn este texto se habla de la importancia de las personas morales dentro de los ámbitos jurídicos. El texto comienza definiendo el concepto de persona. Posteriormente precisa las diferencias entre las personas físicas y morales para finalmente definir las características de cada una de estas personas.

El texto “Derechos humanos. Manual para parlamentarios” (pp. 12-14) en: http://www.ipu.org/PDF/publications/hr_guide_sp.pdf , nos ofrece una serie de visiones que rigen a las normas de los derechos humanos y a las obligaciones. Explica que los Estados, las legislaciones internacionales y los marcos jurídicos se han asumido como observadores del cumplimiento de estos derechos y obligaciones.

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