1.Introducción.

En la unidad de aprendizaje anterior revisaste lo relativo al concepto y las diferentes acepciones del derecho; también conociste cuál es el origen del mismo, a través de sus fuentes históricas, reales y formales. Esto implica que estás preparado para continuar con los aprendizajes de esta sesión y comprender que no sólo las normas jurídicas rigen tu vida, puesto que hay otras regulaciones sociales que debes atender para evitar problemas en tus relaciones sociales.

A continuación aprenderás acerca de las características de los diversos tipos de normas sociales: las jurídicas, las religiosas, las morales y los convencionalismos sociales. Cada una de estas clasificaciones atiende a una esfera diferente o aspecto de tu vida, y sus normas son de igual importancia que las jurídicas, debido a que cumplir con ellas permite vivir en paz y armonía.

Se conoce como normas sociales o convencionalismos sociales (también puedes encontrarlas como normas de trato social o de etiqueta) a todas aquellas reglas que regulan el comportamiento dentro de un grupo social y su finalidad es, únicamente, obtener la armonía en dicho grupo. Aquí encuentran cabida las reglas que te indican cómo comer, qué vestir, cómo hablar, cómo tratar a las personas, entre otras, y cuyo incumplimiento produce rechazo o quedar en ridículo.

Recordarás que, en la antigüedad, el Estado y la religión se encontraban unidos para regular la conducta de las personas. En la actualidad, en nuestro país, eso no sucede. Las normas religiosas emanan de una voluntad divina y su obligatoriedad depende de la conciencia; es decir, las reglas que impone la religión se encuentran dirigidas a la conducta de los individuos, pero en relación con la conciencia o criterio interior.

Las normas morales son dictadas por la conciencia de cada una de las personas en lo individual, no obstante, tienen una gran relación con los valores del exterior, de la sociedad en que vive cada individuo. Estas normas son las que te dictan si tu conducta se acerca al bien o al mal y, como consecuencia de su incumplimiento (mediante una actuación incorrecta) surge el remordimiento.

Como en la unidad anterior aprendiste qué es la norma jurídica, ahora puedes percatarte de su diferencia frente a estas otras normas: la coercibilidad del Estado, que se traduce en la obligatoriedad de la norma jurídica con independencia de la voluntad de la persona.

Existen situaciones que son reguladas por todas las normas sociales y otras que no; por ejemplo, una persona que mata a otra en nuestro país estaría incumpliendo una norma social; dependiendo de su religión, faltaría a una norma religiosa; dado el caso, también incumpliría una norma moral, pues el valor de la sociedad es no matar; y, por supuesto, quebranta una norma jurídica, pues cometió el delito de homicidio. Para que una norma jurídica tenga obligatoriedad debe pasar por un proceso, que se conoce como proceso legislativo, y que revisarás en esta unidad de aprendizaje.

Atiende con esmero los materiales de esta unidad para que domines los temas mencionados.